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HIPERTENSIÓN ARTERIAL Y ANESTESIA

La hipertensión arterial es hoy en día el principal motivo de suspensión quirúrgica y la enfermedad más frecuente entre los pacientes que se operan. Sin embargo, es importante destacar que la HTA como tal no se considera un factor de riesgo aislado de importancia (al igual que la edad) aunque sí lo son sus consecuencias sobre los diferentes órganos diana ( nefropatía, cardiopatía, enfermedad cerebrovascular).

En más del 90% de los casos es de naturaleza esencial o idiopática, siendo en el otro 10% de los casos posible diagnosticar su origen. Es este segundo grupo el que tiene una importancia crucial en anestesia, pues se haya asociado a una gran morbimortalidad cuando es debido a coartación de aorta o feocromocitoma, y no se ha diagnosticado previamente. La HTA secundaria suele debutar en pacientes por debajo de los 35 años o por encima de los 55 años, en los que será necesario dirigir la anamnesis y la exploración  hacia la búsqueda de signos y síntomas que nos hagan sospechar el diagnóstico, para posteriormente confirmarlo con pruebas de laboratorio y/o imagen.

La retirada del tratamiento antihipertensivo en el caso de los ARA II y los IECAs es motivo aún de controversia, pero las actuales guías de práctica clínica recomiendan (aunque no con pleno consenso) la interrupción de los ARA II 24 horas antes de la intervención y de los IECAs en las 8 horas previas.

Es conveniente recordar que no todos los episodios hipertensivos relacionados con la anestesia deben ser tratados y que en caso de los ACVs isquémicos, la HTA reactiva asociada solo se tratará cuando las cifras tensionales sean muy extremas, el paciente sea candidato a fibrinolisis o dicha HTA esté causando fallo orgánico. En el caso de la HSA lo recomendable es mantener una PAM de 130 mmHg o cifras de TAS justo por debajo de 160 mmHg.

Por último, recordar que aunque no hay un criterio específico sobre la suspensión de los pacientes programados con cifras elevadas de HTA, en las guías de práctica clínica actuales está reconocido como una práctica habitual en la comunidad anestésica la suspensión con cifras tensionales superiores a 180 mmHg de sistólica o 110 mmHg de diastólica. Eso evidentemente sólo cuando la demora de la intervención suponga un claro beneficio sobre el retraso de la misma, por lo que es improbable que eso justifique la suspensión de intervenciones emergentes o urgentes.