Recientemente y por casualidad, he tenido conocimiento del fallo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz respecto a un presunto caso de negligencia médica, anestésica en este caso, sobre una paciente sometida a una intervención de liposucción en la que, desgraciadamente, tuvo lugar una complicación detectada en el postoperatorio en forma de retraso al despertar debido a infartos cerebrales múltiples. Según cita la fuente, la clínica ha consistido en problemas de deambulación, falta de coordinación, problemas para hablar, desorientación, pérdidas de memoria y caídas anómalas en estado de sueño, por lo que tuvo que ingresar el día que se fue de alta hospitalaria. El motivo de la complicación se achaca a un anoxia cerebral mientras se operaba y que no fue detectada.
La Audiencia Provincial de Cádiz concluye que el anestesista inculpado incidió en el delito de lesiones por imprudencia del artículo 152 del Código Penal. El fallo argumenta que a la paciente se le mantenía controlada mediante aparatos que miden el ritmo cardíaco, la tensión arterial, la frecuencia respiratoria y la cantidad de oxígeno en sangre, disponiendo de alarmas que alertan al médico anestesista de cualquier variación importante de dichas constantes vitales.
Por ello, «una disminución significativa de la cantidad de oxígeno en sangre se detecta por síntomas como son el oscurecimiento de la sangre, la elevación de la frecuencia cardíaca y la tensión arterial, cianosis ungueal y amoratamiento de los labios».
Ateniéndome a la información publicada, me gustaría hacer las siguientes consideraciones:
1º La detección de la hipoxemia (disminución de la cantidad de oxígeno en la sangre) es bastante sencilla para el anestesiólogo con la monitorización habitual (pulsioximetría) que, además, es de obligada utilización en cualquier procedimiento anestésico. Como complemento, en la clínica aparece, efectivamente, el «oscurecimiento de la sangre, la cianosis ungueal y el amoratamiento de los labios», entre otros. Pero, para tranquilidad de nuestros lectores, por favor, no piensen que la seguridad de nuestros pacientes se basa en mirar el color de la sangre o de los labios, como se hacía hace décadas. En el momento actual y desde hace bastantes años, la monitorización de la oxigenación de la sangre está muy evolucionada y es muy segura y moderna.
2º Respecto a lo publicado como que esa no percepción o visualización de dichos síntomas «sólo se explica u obedece a una inexcusable falta de atención, cuidado o vigilancia que en todo momento le eran exigibles al médico anestesista acusado, ocasionando así un resultado lesivo derivado, en adecuada relación de causalidad, de aquella descuidada y desatenta conducta, merecedora, por ende, de sanción penal», hay que puntualizar que en medicina hay que tener cuidado con la palabra «sólo». ¿Existe un cuadro clínico compatible con una operación de liposucción, una anestesia general impecable y un postoperatorio con múltiples infartos cerebrales manifestándose una clínica como en el caso que nos ocupa?…..PUES SI. Vuelvo a remarcar que si me atengo al cuadro que se relata en el fallo judicial, me están describiendo un caso de embolismo graso cerebral, complicación secundaria a algunos procedimientos quirúrgicos (aunque estén efectuados perfectamente) y que no tienen nada que ver con la anestesia. Sólo la ignorancia puede justificar este disparate de la Audiencia Provincial de Cádiz.
Otra cosa es si se tenía que haber ido de alta o no, circunstancia sobre la que no me pronuncio, toda vez que no se aporta ningún dato sobre el estado clínico al alta.